Convocatoria de  Licitación en Madrid por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón  para el  «Servicio de Ayuda a Domicilio para personas dependientes»

Expediente: 2019/PA/032

Valor estimado del contrato,  IVA excluido: 372.400,00 €

Solvencia económica y financiera:

Se acreditará por cualquiera de los medios siguientes:
Medio de acreditar solvencia: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido  reglamentariamente.

El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de
una vez y media el valor estimado del contrato, excepto en casos debidamente justificados como los relacionados con los riesgos especiales vinculados a la naturaleza de las obras, los servicios o los suministros. El órgano de contratación indicará las principales razones de la imposición de dicho requisito en los pliegos de la contratación o en el informe específico a que se refiere el artículo 336.

Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. No obstante, el órgano de contratación podrá establecer el volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo. [letra a) del art. 87.1 LCSP]

  • Requisito mínimo de solvencia:

El volumen de negocios anual en el mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles será de al menos 193.648,00 € (importe del presupuesto máximo anual del contrato).
Medio de acreditar solvencia: Justificante de la existencia de un seguro de
responsabilidad civil por riesgos profesionales. [letra b) del art. 87.1 LCSP]

  • Requisito mínimo de solvencia:

Se exigirá un seguro de responsabilidad civil con una suma asegurada de 300.000,00 €.

 Solvencia técnica o profesional:

Se acreditará por todos y cada uno de los siguientes medios:

Medios de acreditar solvencia: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes.

Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado,mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad
competente. [letra a) del art. 90.1 LCSP]

Requisito mínimo de solvencia:

Presentación de certificados acreditativos de haber prestado, al menos, 1 servicio de ayuda a domicilio durante al menos dos años en los últimos tres años, que cumpliera alguno de los siguientes requisitos:

  • que acredite una prestación mínima de 6.000 horas/año
  • o en el que se haya atendido, en algún momento durante la duración del mismo, al menos a 30 usuarios de manera simultánea.

Medios de acreditar solvencia: Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. [letra c) del art. 90.1 LCSP]

Requisito mínimo de solvencia:

Se aportará certificación acreditada de calidad (EFQM, ISO, etc.), y certificado de empresa auditada en prevención de riesgos laborales, ambos en vigor. Conforme a lo dispuesto en la Ley se aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de la calidad que presenten los
empresarios.

Plazo para la recepción de ofertas o solicitudes de participación

Fecha: 25/10/2019
Hora local: 13:00

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