El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acredita las condiciones de aptitud del empresario en relación a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y clasificación, ante todos los órganos de contratación del sector público, incluidos los entes locales y el resto de entes, organismos o entidades del sector público instrumental. (R.D.817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.)
El objetivo del Registro es facilitar la concurrencia y simplificar la documentación que tienen que presentar las personas interesadas en los procedimientos de contratación pública, mediante la emisión de una certificación acreditativa de la inscripción en el Registro.
Con la entrada en vigor de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se crea la figura del procedimiento abierto simplificado, para el cual resultará obligatoria la inscripción en el Registro de Licitadores.
Se pueden inscribir:
- Denominación o razón social del empresario
- Constitución
- Domicilio social
- Capital social
- Objeto social
- Registro Mercantil o Registro oficial en que están inscritos.
- Tipo de entidad y forma jurídica.
- Domicilio Social.
- CIF
- Administradores u Órganos de Administración
- Información de cuentas anuales
- Cifra de volumen global de negocios
- Poderes para contratar
- Clasificaciones empresariales vigentes
- Web de la empresa
- Pólizas de responsabilidad