Consejería de Economía, Empleo y Competitividad

ACUERDO de 15 de abril de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban  las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa del Programa Continúa, para sufragar el coste de las cotizaciones sociales de los trabajadores autónomos en dificultades como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19, correspondientes a los meses de marzo y abril de 2020.

ACUERDA

Único

Aprobación de las normas reguladoras y del procedimiento de concesión directa del Programa Continúa
Se aprueban las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa del Programa Continúa, de abono del importe de las cotizaciones sociales de los trabajadores autónomos en dificultades como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19, correspondientes a los meses de marzo y abril de 2020, cuyo texto se incluye a continuación.

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA

No suspensión de los plazos previstos en las normas reguladoras durante la vigencia del estado de alarma decretado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma
para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ha establecido diversas medidas destinadas a contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública. La disposición adicional tercera del citado Real Decreto, en su apartado primero, establece la suspensión de términos y la interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público.
Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, la disposición adicional tercera, apartado cuarto del referido Real Decreto, habilita a que las entidades del sector público puedan acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios.
Con el objetivo de no agravar la situación sobrevenida ocasionada por la crisis sanitaria del COVID-19 causando un menoscabo en la economía de los trabajadores autónomos, procede la no suspensión de los plazos establecidos en las presentes normas reguladoras durante la vigencia del estado de alarma.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Habilitación para la adecuada aplicación del Acuerdo

Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Autónomos a dictar cuantos actos e instrucciones sean necesarios para la adecuada aplicación de lo dispuesto en este Acuerdo.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Entrada en vigor

El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

TEXTO INTEGRO

Fuente: BOCM

concursos y licitaciones

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Rellena este campo
Rellena este campo
Por favor, introduce una dirección de correo electrónico válida.
Tienes que aprobar los términos para continuar