Convocatoria de Licitación de Servicio en Madrid por la Junta de Contratación del Ejército de Tierra para el “Acuerdo Marco para el servicio de restauración colectiva en diversas BAEs del ET”.
Número de expediente: 60004 18 0004 00
Valor estimado del contrato: 8.273.378,40 €.
Lote nº: 1 Acuartelamiento Palacio de Buenavista-Acto. Conde de Humanes
Lote nº: 2 Base Cerro Muriano y Acto. El Vacar
Lote nº: 3 Bad Tte. Ruiz
Lote nº: 4 Acto. Atocha
Lote nº: 5 Acto. Soyeche
1.- CLASIFICACIÓN DEL EMPRESARIO
Para los contratos de servicios NO será exigible la clasificación del empresario. Para la ejecución de este contrato todo aquél el empresario que se encuentre debidamente clasificado, lo podrá acreditar, conforme a lo dispuesto en el artículo 77.1.b) de la LCSP. con los límites que establece el artículo 46 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en el Grupo M. Subgrupo 6, Categoría A, 8, C o D.
2.-SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA
La solvencia económica y financiera se acreditará presentando la siguiente documentación:
- Declaración sobre el Volumen Anual de negocios. o bien Volumen Anual de Negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del presente Acuerdo Marco, referido al mejor de los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se dispongan de las referencias de dicho volumen de negocios. Esta deberá justificarse mediante declaración responsable acompañada de las correspondientes cuentas anuales. en su caso, auditadas.
Se entenderá que reúne los requisitos de solvencia financiera y económica exigidos para este expediente si se acredita un Volumen Anual de negocios en el ámbito del objeto del expediente y referido al último ejercicio social cerrado o a la media de los tres últimos ejercicios sociales cerrados como mínimo igual o superior al importe de una vez y media el valor estimado anual que figura en la tabla de la Cláusula 9, por cada uno de los lotes a los que concurran y de la misma manera, igual o superior a la suma de todos los lotes a los que concurran (art. 87.1.a de la LCSP).
En caso de UTE de empresas, cada partícipe acreditará esta solvencia en proporción a su porcentaje de participación.
La acreditación de disponer de la solvencia económica y financiera requerida podrá realizarse mediante la certificación de la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas.
La solvencia técnica se acreditará presentando la siguiente documentación:
- Una relación de los principales servicios realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán
comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Exigencia
de Certificado de buena ejecución (ANEXO IV). - La acreditación de la solvencia técnica o profesional se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 % del valor estimado anual que figura en la tabla de la Cláusula 9, por cada uno de los lotes a los que concurran y de la misma manera, igual o superior a la suma de todos los lotes a los que concurran.
- Registro de Certificación Oficial Veterinaria o de un Laboratorio Oficial de Análisis de Alimentos, de que en su establecimiento tienen instaurados procedimientos de autocontrol según la sistemática APPCC (Análisis de Peligros y de Puntos de Control Críticos), de su aplicación y de la eficacia de su funcionamiento.
- Acreditación, mediante original o copia compulsada, de la inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) o el registro de ámbito autonómico que le corresponda en función de la actividad a desarrollar.
- Declaración y/o documentación que acredite la capacidad para garantizar el servicio mediante descripción y relación de los medios de transporte de los que dispone la empresa para llevar a cabo el Servicio de Restauración Externo (Modalidad A 1 ).
Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar este contrato, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas. En los supuestos en que el empresario base la solvencia en medios de otras
entidades deberá acreditarse mediante certificación emitida por la empresa que preste la citada solvencia, con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, y que deberá garantizarse durante la vigencia del contrato salvo autorización expresa de la Administración en cuanto a su sustitución o modificación.
Asimismo, las empresas licitadoras, deben manifestar por escrito que, a la hora de elaborar las ofertas, han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y protección del medio ambiente.
Fecha límite de presentación: 27 de junio de 2018.